AAP L 1120/2025 · Auto
Reducción de minuta del letrado del consumidor a 300 € en litigación en masa sobre gastos hipotecarios
- Tribunal
- AP-Lleida · Sección 2.ª
- Sede
- Lleida
- Fecha
- 11 de diciembre de 2025
- ECLI
- ES:APL:2025:1120A
- Nº recurso
- 3/2024
- Nº resolución
- 314/2025
- Ponente
- Ana Cristina Sainz Pereda
- Materia
- Gastos hipotecarios
- Fase
- Revisión de decreto
- Sentido
- Estimación parcial
- Cuantía
- Indeterminada
- Vencido en costas
- Banco
Importes
- Minutado
- 1092 €
- Fijado por el órgano
- 300 €
- Reducción
- −73%
Resumen
El consumidor, vencedor en apelación frente a Banco Santander en un pleito de gastos hipotecarios y comisión por reclamación de posiciones deudoras, recurre el Decreto de la LAJ que aceptó la impugnación del banco y redujo los honorarios del letrado de 1.092 € a 300 €, más IVA. La Sección 2.ª de la AP de Lleida confirma la reducción —invoca litigación en masa y la nula complejidad del escrito de oposición— pero deja sin efecto la imposición de costas del incidente, siguiendo el criterio del ATS 1214/2025 cuando la minuta inicial era conforme con el dictamen del Colegio.
Cita clave
«En asuntos propios de la litigación en masa la repetición de litigios muy similares hace disminuir la complejidad del litigio y facilita la actuación de los abogados de los litigantes.»
Cómo usar esta resolución
Aunque pueda parecer contraria al consumidor, esta resolución es doblemente útil para impugnar minutas excesivas del banco. Primero, porque ratifica la doctrina del Tribunal Supremo según la cual la cuantía del procedimiento y el dictamen colegial son criterios meramente orientativos, frente al verdadero esfuerzo desplegado. Segundo, porque deja claro que el principio de efectividad de la Directiva 93/13 no obliga a tasar la totalidad de los honorarios pactados: el TJUE (C-385/20) permite reducirlos a un importe «razonable y proporcionado». El banco no puede oponer la jurisprudencia comunitaria para defender minutas elevadas. Además, evita la imposición de costas del incidente cuando el dictamen colegial respaldaba la minuta inicial.
Cuándo no aplica
Cuando el letrado del consumidor pretenda invocar el principio de efectividad para defender una minuta elevada: la resolución la desactiva. Tampoco aplica en pleitos genuinamente complejos o novedosos donde no quepa hablar de litigación en masa.
Referencias
Aplicativa de
- STS 1213/2023
- ATS 1214/2025
- STJUE C-385/20