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ATS 3723/2026 · Auto

Reducción del 80 % de la minuta en multidivisa frente a Bankinter: 26.630 € → 5.430 €

Tribunal
TS · Sala 1.ª de lo Civil
Sede
Madrid
Fecha
14 de abril de 2026
ECLI
ES:TS:2026:3723A
Nº recurso
3269/2022
Ponente
Pedro José Vela Torres
Materia
Multidivisa
Fase
Revisión de decreto
Sentido
Desestimación
Cuantía
Indeterminada
Vencido en costas
Banco

Importes

Minutado
26.630 €
Fijado por el órgano
5430 €
Reducción
80%

Resumen

Bankinter, vencido en costas tras la desestimación de su casación e infracción procesal en pleito sobre cláusula multidivisa, impugnó los 26.629,68 € minutados por la letrada del consumidor. La LAJ los redujo a 5.430,48 € IVA incluido e impuso las costas del incidente a la letrada porque su minuta no se ajustaba al dictamen colegial. El consumidor recurrió en revisión invocando que la litigación en masa contradice el efecto disuasorio, que desconoce el derecho de indemnidad y que existe disparidad de criterios. El Tribunal Supremo desestima: los criterios del ICAM 2013 están anulados, la multidivisa no es asunto novedoso y la condena en costas procede porque la minuta supera el dictamen.

Cita clave

«En un asunto en que se ejercitaba una acción de nulidad de préstamo multidivisa, por lo que no es un asunto especialmente complejo al no revestir carácter de novedoso; la falta de realización de vista; el número de litigantes; el resultado del pleito; y su cuantía, sin discutirse especialmente en este incidente.»

Cómo usar esta resolución

Cierra el bucle doctrinal sobre multidivisa: el TS ratifica, ya en 2026, que estos pleitos no son especialmente complejos y que las minutas elevadas merecen reducciones del 80 %. Reúne en una sola resolución varias herramientas: anulación de los criterios del ICAM 2013, banalización de la complejidad del multidivisa, costas del incidente al letrado que supera el dictamen colegial. Útil sobre todo para impugnar minutas bancarias en pleitos repetitivos: los argumentos del consumidor que defienden minutas altas (efecto disuasorio, indemnidad) son los mismos que el banco usará contra el consumidor, y el TS los rechaza en ambos sentidos.

Cuándo no aplica

Cuando el pleito presente cuestiones genuinamente novedosas o se haya celebrado vista con prueba practicada. Tampoco aplica si la minuta concuerda con el dictamen colegial. La nueva redacción del art. 246 LEC (Ley Orgánica 1/2025) puede modular el régimen de costas del incidente en procedimientos posteriores al 3 de abril de 2025.

Referencias

Aplicativa de

  • SSTS Sala 3.ª 1692/2022, 1684/2022, 1749/2022 y 1751/2022
  • ATS 2 de noviembre de 2021 (rec. 5834/2018)
Texto íntegro en CENDOJ ↗