ATS 4691/2025 · Auto
Reducción a 800 € de la minuta de letrado del consumidor en multidivisa, con revisión de los derechos del procurador
- Tribunal
- TS · Sala 1.ª de lo Civil
- Sede
- Madrid
- Fecha
- 13 de mayo de 2025
- ECLI
- ES:TS:2025:4691A
- Nº recurso
- 6178/2022
- Ponente
- Rafael Sarazá Jimena
- Materia
- Multidivisa
- Fase
- Revisión de decreto
- Sentido
- Estimación parcial
- Cuantía
- Indeterminada
- Vencido en costas
- Banco
Importes
- Minutado
- 2638 €
- Fijado por el órgano
- 800 €
- Reducción
- −70%
Resumen
Bankinter, vencido en costas tras la inadmisión de su casación en pleito de cláusula multidivisa, impugnó por excesivos los 2.638 € de la minuta. La LAJ los redujo a 1.500 €. El banco recurrió en revisión invocando que el mismo letrado ha participado en innumerables litigios análogos y que su trabajo se redujo a un escrito de alegaciones a las causas de inadmisión. El Tribunal Supremo estima parcialmente y fija los honorarios en 800 € IVA incluido. Además ordena a la LAJ revisar los derechos del procurador, atendiendo a la cuantía indeterminada del procedimiento.
Cita clave
«Tampoco el hecho de que el banco sostenga que el pleito se siguió como de cuantía indeterminada y no por la cuantía determinada que sostiene la parte vencedora (equivalente al perjuicio sufrido) es óbice para la plena indemnidad del consumidor en este tipo de pleitos, pues según la referida sentencia 1213/2023, la indeterminación de la cuantía no vulnera el principio de efectividad de la Directiva 93/13/CEE, en cuanto a la indemnidad del consumidor por la utilización de cláusulas abusivas.»
Cómo usar esta resolución
Pieza nuclear para impugnaciones contra minutas bancarias en multidivisa: el propio Tribunal Supremo reduce a 800 € la minuta de un letrado que firma innumerables pleitos análogos. Aporta tres herramientas concretas. Primera, la doctrina de la litigación en masa atenúa la complejidad. Segunda, la indeterminación de la cuantía no impide reducir la minuta. Tercera, abre la puerta a revisar los derechos del procurador cuando la cuantía es indeterminada (citando el arancel sin aplicarlo correctamente). Especial valor frente a letrados bancarios reincidentes.
Cuándo no aplica
Cuando el pleito sea genuinamente novedoso o el letrado no actúe en litigación en masa. Tampoco aplica si la cuantía está definitivamente fijada en la fase declarativa y excede de lo que el banco invoca como indeterminada.
Referencias
Aplicativa de
- STS 1213/2023
- ATS 1214/2025